ASÍ LO VOTA EL CONGRESO LOCAL

El acecho se tipifica como violencia en Aguascalientes

* De 6 meses a 2 años de prisión y de 90 a 180 días multa

* Se fortalece el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias

2026-06-04
Redacción | DESDElared

Aguascalientes

Aguascalientes, Ags.- El Pleno del Congreso de Aguascalientes aprobó la iniciiva que incorpora el delito de acecho al Código Penal para el Estado y lo tipifica como una forma de violencia dentro de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Aguascalientes.

De ahí que se sancionarán aquellas conductas reiteradas de vigilancia, seguimiento, persecución o comunicación sin consentimiento de la mujer, cuando le generen miedo, angustia, inseguridad o afectación psicológica, emocional, física o patrimonial.

Además, se prevén agravantes por relación previa con la víctima, incumplimiento de orden de protección y uso de dispositivos de rastreo o GPS.

A la persona responsable se le aplicarán de 6 meses a 2 años de prisión y de 90 a 180 días multa, así como el pago total de la reparación de los daños y perjuicios ocasionados, entre otros aspectos.

Presentaron esta iniciativa las y los diputados Rodrigo Cervantes Medina, Alma Hilda Medina, Lucía de León Ursúa, Ana Gómez, Yaszú Muñoz, Irma Reza y Fernando Alférez. Después se adhirieron Genny López, Ma. Guadalupe Mendoza, Beatriz Montoya y Omar Valdés, integrantes de los Grupos Parlamentarios del Partido Acción Nacional (PAN), Grupo Mixto Fuerza por Aguascalientes, Morena y Partido Verde, respectivamente.

Otros de los dictámenes aprobados en el marco de la 14 Sesión Ordinaria de la LXVI Legislatura del Congreso de Aguascalientes, que encabezó el diputado presidente de la Mesa Directiva, Rodrigo Cervantes Medina, se relacionan con facilitar el acceso a la vivienda de personas migrantes en retorno, incorporar lenguaje incluyente en la figura del concubinato y fortalecer los mecanismos de inscripción en el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias, entre otras.

Por lo que corresponde a la inscripción en el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias, la reforma al Código Civil propuesta por las y los diputados Ana Gómez, Yaszú Muñoz, Alejandra Peña, José Trinidad Romo y Rodrigo Mireles establece lo siguiente:

Artículo 331.- Cuando la persona juzgadora apruebe un convenio o dicte sentencia en la que se fije un monto por concepto de pensión alimenticia, ya sea provisional o definitiva, la persona obligada a su pago será inscrita en el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias, una vez que haya sido legalmente requerida para el cumplimiento de la obligación y haya transcurrido el plazo concedido para ello sin que se acredite su cumplimiento, en términos de la legislación procesal civil y familiar aplicable.

Noticias del Mundo
Educación en Aguascalientes
Salud en Aguascalientes