LO FIJÓ EL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL

De 649 mil pesos, el tope máximo de campaña para diputados locales

  • En Sesión Extraordinaria también fueron registradas las plataformas de los partidos
2017-12-20

Aguascalientes

Aguascalientes, Ags.- Quienes contiendan por una diputación local por mayoría relativa en la próxima Legislatura del estado de Aguascalientes podrán gastar en campaña, como máximo, entre poco más de 514 mil pesos y casi 649 mil, según el distrito electoral de que se trate.

Los consejeros del Instituto Estatal Electoral establecieron los topes de campaña en sesión extraordinaria celebrada hoy, en la que también aprobaron el registro de plataformas legislativas de los partidos políticos nacionales acreditados en Aguascalientes para contender en el proceso electoral local 2017-2018.

A cada uno de los candidatos a diputados por el principio de mayoría relativa se les fijó un tope de gastos de campaña a partir de los “resultados de la multiplicación del número de ciudadanos empadronados en el Registro Federal de Electores en cada distrito electoral y el 0.15 del valor diario de la Unidad de Medida y Actualización vigente”.

Las plataformas aprobadas para registro fueron las de los partidos Acción Nacional, Revolucionario Institucional, de la Revolución Democrática, del Trabajo, Verde Ecologista de México, Movimiento Ciudadano, Nueva Alianza, Morena y de Encuentro Social.

AGUASCALIENTES
Elección de Diputados por Mayoría Relativa
Proceso Electoral 2017-2018

Distrito Electoral

 

Ciudadanos empadronados en el Registro Federal de Electores al 1 de diciembre del 2017

Cantidad equivaliente al 0.5 del valor diario de la unidad de medida y actualización

TOPE DE GASTOS DE CAMPAÑA PARA LA

I

48,179

$11.32

$545,386.28

II

48,203

$11.32

$545,657.96

III

45,438

$11.32

$514,358.16

IV

57,329

$11.32

$648,964.28

V

49,870

$11.32

$564,528.40

VI

56,143

$11.32

$635,538.76

VII

52,205

$11.32

$590,960.60

VIII

52,246

$11.32

$591,424.72

IX

54,735

$11.32

$619,600.20

X

55,767

$11.32

$631,282.44

XI

56,473

$11.32

$639,274.36

XII

50,405

$11.32

$570,584.60

XIII

49,411

$11.32

$559,332.52

XIV

52,973

$11.32

$599,654.36

XV

50,743

$11.32

$574,410.76

XVI

46,561

$11.32

$527,070.52

XVII

55,611

$11.32

$629,516.52

XVIII

52,708

$11.32

$596,654.56